ORDENANZA NUMERO : " 3228"
Número | Fecha Sanción | 2015-10-19 | |
Decreto | |||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el Inciso a) del Artículo 3º de la Ordenanza Municipal 565, el que quedará redactado de la siguiente manera: “a) Certificado de Aptitud Técnica (C.A.T.) para Habilitación Comercial” ARTICULO 2º.- SUSTITUIR el Artículo II.1.7. de la Ordenanza Municipal 2139 (Código de Planeamiento Urbano), el que quedará redactado de la siguiente manera: “II.1.7. CERTIFICADO DE APTITUD TÉCNICA II.1.7.1. Disposiciones Generales. Este certificado se requerirá para tramitar la habilitación comercial de un local. El mismo deberá ser confeccionado y firmado por un profesional de 1º o de 2º categoría, inscripto |
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Modifica A |
565 |
Modificada POR | 3586 3591 5969 |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||