ORDENANZA NUMERO : " 3730"
Número | Fecha Sanción | 2010-04-14 | |
Decreto | |||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTÍCULO 1'.- INCORPORAR al Anexo II, Parte Especial, de la Ordenanza Fiscal 3500, el artículo 8º, que quedará redactado de la siguiente manera: 'Artículo 8º Por el usufructo de los Centros Culturales, Salas y/o Museos de dominio de la Municipalidad, se abonarán los aranceles que se establezcan en la Ordenanza Tarifaria." ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3730 DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/04/2010.- |
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Modifica A |
3500 |
Modificada POR | |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||