ORDENANZA NUMERO : " 3758"
| Número | Fecha Sanción | 2010-06-24 | |
| Decreto | 804/2010 | ||
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| DESCRIPCION | |||
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ARTÍCULO 1º.- INSTITUIR el Plan de Empadronamiento y Regularización Edilicia, cuya formulación y ejecución estará a cargo de la Subsecretaría de Planeamiento y Proyectos Urbanos de la Municipalidad o el órgano que la reemplace. El Plan tendrá una duración de trescientos sesenta y cinco (365) días y comenzará a implementarse a partir de la promulgación de la presente, pudiendo ser prorrogado total o parcialmente por el Departamento Ejecutivo Municipal. ARTÍCULO 2°.- El Plan de Empadronamiento y Regularización Edilicia tendrá por objeto propender a un empadronamiento masivo de las construcciones irregulares de la ciudad a la fecha de sanción de la presente, a efectos de profundizar el proceso de consolidación y ordenamiento urbano, con |
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| Modifica A |
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Modificada POR | |
| Deroga A | Derogada POR | 3729 |
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| Anexo: | |||
| OBSERVACIONES | |||