ORDENANZA NUMERO : " 3778"
| Número | Fecha Sanción | 2010-07-28 | |
| Decreto | 905/2010 | ||
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| DESCRIPCION | |||
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ARTÍCULO 1º.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal 3500 en su Anexo I, Capítulo IV, Artículo 19, SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 19º.- Están obligados a abonar los tributos municipales y demás obligaciones fiscales, en la forma y oportunidad que fije Dirección, personalmente o por intermedio de sus representantes legales, los Contribuyentes, sus herederos y sucesores, según las disposiciones del Código Civil. Están asimismo obligadas al pago las personas que administren los bienes de contribuyentes y todos aquellos designados como agentes de recaudación. ARTÍCULO 2º.- MODIFICASE, la Ordenanza Municipal 3500 en su Anexo I, Capítulo IV, Artículo 23, |
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| Modifica A |
3500 |
Modificada POR | |
| Deroga A | Derogada POR | ||
| Anexo: | |||
| OBSERVACIONES | |||