ORDENANZA NUMERO : " 3781"
Número | Fecha Sanción | 2010-07-28 | |
Decreto | 932/2010 | ||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR, los artículos 24 y 25 de la Ordenanza Municipal Nº 2778, los que quedaran redactados de la siguiente manera: "ARTÍCULO 24º.- En la verificación de las faltas, el funcionario interviniente podrá practicar, cuando las circunstancias lo exijan, el secuestro de los elementos probatorios de la infracción. Asimismo podrá disponer transitoriamente la clausura del local en que se hubiera cometido, si ello fuera necesario para la cesación de las faltas, o cuando sea presumible que se intenta eludir la acción de la justicia. Estas medidas precautorias serán comunicadas de inmediato al Juez quien deberá en caso de resultar procedentes, confirmarlas mediante resolución expresa y fundada dentro de las |
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Modifica A |
2778 |
Modificada POR | |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||