ORDENANZA NUMERO : " 3946"
Número | Fecha Sanción | 2011-05-18 | |
Decreto | |||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR espacio reservado entre discos con capacidad para una unidad, siete (7) metros de longitud, con la leyenda en placa adicional que exprese: "ESPACIO RESERVADO PARA ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS" sobre las calles de ingreso a cada uno de los Centros Comunitarios Municipales de la ciudad de Ushuaia. ARTÍCULO 2º.- EXCEPTUAR a la franquicia autorizada en el artículo precedente, de los alcances del Artículo 1°, inciso o) - Parte especial, Anexo II, Derechos de Oficina Tránsito, Habilitaciones y Trámites Varios, de la Ordenanza Municipal Tarifaria 3501. |
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Modifica A |
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Modificada POR | |
Deroga A | 5131 |
Derogada POR | |
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||