Detalle Asunto

ORDENANZA NUMERO : " 4327"

Número Fecha Sanción 2013-05-22
Decreto
Tema
DESCRIPCION

ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el artículo 21, Parte General, de la Ordenanza Municipal Nº 3500, el que quedará redactado de la siguiente manera: "RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ARTÍCULO 21.- Cuando un mismo hecho imponible sea realizado por dos o más personas, físicas y/o jurídicas, todas se considerarán como contribuyentes por igual y estarán solidariamente obligados al pago del tributo por la totalidad del mismo, incluyendo actualizaciones y accesorios, salvo el derecho del fisco a dividir la obligación a cargo de cada una de ellas. Los hechos imponibles realizados por una persona o entidad, se atribuirán también a otra persona o entidad con la cual aquella tenga vinculaciones económicas o jurídicas, cuando de la naturaleza de esas vinculaciones

Modifica A 3500
Modificada POR
Deroga A
Derogada POR
Anexo:
OBSERVACIONES