ORDENANZA NUMERO : " 4819"
| Número | Fecha Sanción | 2015-03-25 | |
| Decreto | |||
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| DESCRIPCION | |||
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ARTÃCULO 1°.- SUSTITUIR los artÃculos 2º, 3º y 4º, Parte General, de la Ordenanza Municipal Nº 3500, los que quedaran redactados de la siguiente manera: "ARTÃCULO 2°.- ESTABLECER un beneficio del diez por ciento (10%) de descuento sobre la liquidación de los Impuestos Inmobiliario, Automotor, Tasas Generales y Tasa a la Actividad Comercial e Industrial, a aquellos contribuyentes que en el año inmediato anterior hubiesen cumplido con todas sus obligaciones en tiempo y forma y no registren deudas tributarias. También se considerará cumplida en tiempo y forma la obligación tributaria, cuando se realice el total del pago anual del tributo antes del 31 de marzo. Asimismo, podrán obtener el beneficio los contribuyentes que |
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| Modifica A |
3500 3501 |
Modificada POR | |
| Deroga A | Derogada POR | ||
| Anexo: | |||
| OBSERVACIONES | |||