Detalle Asunto

ORDENANZA NUMERO : " 5790"

Número Fecha Sanción 2020-09-16
Decreto
Tema
DESCRIPCION

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER de manera excepcional y por el plazo de un (1) año, que el período contemplado en el inciso a) del Artículo 22 de la Ordenanza Municipal 5314, sea de siete (7) años. ARTÍCULO 2°.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de la publicación de la misma, fecha en la que comenzará a computarse el plazo del artículo 1°. 

Modifica A 5314
Modificada POR 5968
Deroga A
Derogada POR
Anexo:
OBSERVACIONES