ORDENANZA NUMERO : " 5969"
| Número | Fecha Sanción | 2021-11-25 | |
| Decreto | |||
| Tema | |||
| DESCRIPCION | |||
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ARTÍCULO 1°.- Toda actividad comercial o industrial que se desarrolle en jurisdicción de la ciudad de Ushuaia requiere Habilitación o Permiso Municipal, según corresponda. A tal fin, el responsable debera gestionar ante el Municipio la habilitación del local o establecimiento donde se ejerzan actividades lucrativas, nominado en los cuadros de uso del Código de Planeamiento Urbano. ARTÍCULO 2°.- La solicitud de habilitación se presentará con carácter de Declaración Jurada ante el Departamento Ejecutivo, indicando la clase de actividad que se propone desarrollar el/la peticionante, la ubicación y demás requisitos que se establezcan en la |
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| Modifica A |
3228 3929 |
Modificada POR | 6467 |
| Deroga A | Derogada POR | 565 934 1322 1632 1757 2075 3830 4350 |
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| Anexo: | |||
| OBSERVACIONES | |||