ORDENANZA NUMERO : " 6448"
Número | Fecha Sanción | 2024-11-19 | |
Decreto | 2307/2024 | ||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTICULO 1 INCORPORAR a la Ordenanza Municipal N.° 5885 el siguiente, como artículo 13 bis: ARTÍCULO 13 bis.- En caso de incapacidad temporal o permanente del titular o de la titular de la licencia de remis y a solicitud del o de la cónyuge supérstite o conviviente, según corresponda, en los términos establecidos en los artículos 509, 513 y siguientes del Código Civil y Comercial, o de quienes se encuentren alcanzados o alcanzadas por lo establecido en el artículo 2278 y concordantes del Código Civil y Comercial, el Departamento Ejecutivo Municipal puede autorizar el cambio de titularidad de la licencia: hasta la finalización del plazo de la |
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Modifica A |
5885 |
Modificada POR | |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||