ORDENANZA NUMERO : " 4161"
Número | Fecha Sanción | 2012-08-08 | |
Decreto | |||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 132º de la Ordenanza Municipal Nº 1492/1994, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 132.- El conductor que no respetare la indicación de detención de los agentes de tránsito y transporte, en cualquier operativo de control vehicular, entendiendo por "Operativo de Control Vehicular" aquellos que se encuentran debidamente señalizados con conos o algún otro dispositivo retrorreflectivo u otro material que sea fácilmente reconocible, incurrirá en falta grave, con multa de un mil (1000) U.F.A. a cuatro mil (4000) U.F.A. y/o inhabilitación hasta el plazo de treinta (30) días. ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial |
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Modifica A |
1492 |
Modificada POR | |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||