Detalle Asunto

ORDENANZA NUMERO : " 4576"

Número Fecha Sanción 2014-04-30
Decreto
Tema
DESCRIPCION

ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR el Artículo 111 , Parte General, Título XIII, de la Ordenanza 3500, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 111.- En el caso de convenios suscriptos entre la Municipalidad de Ushuaia y otros Entes estatales, donde se encomiende a la Dirección General de Rentas el cobro de algún concepto, se podrá exigir el mismo con igual fuerza y en idéntico marco normativo con que se cobran tributos municipales." ARTÍCULO 2º.- SUSTITUIR los incisos 5), 7) y 8) del Artículo 9 º , Parte Especial, Anexo IV, Impuesto Inmobiliario, de la Ordenanza Municipal N° 3500, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "5) En aquellos casos en que no existiera nomenclatura catastral definitiva y se tratare de

Modifica A 3500
Modificada POR
Deroga A
Derogada POR
Anexo:
OBSERVACIONES