ORDENANZA NUMERO : " 4652"
Número | Fecha Sanción | 2014-07-02 | |
Decreto | |||
Tema | |||
DESCRIPCION | |||
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 43º de la Ordenanza Municipal Nº 2986, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 43.- El automóvil afectado al Servicio Público de Taxi, no podrá ser utilizado como transporte de carga ni como medio de propalación por altavoces de ninguna clase de publicidad o propaganda. Queda autorizada, sin embargo, la exhibición de publicidad comercial o propaganda institucional en los apoya cabezas, en las puertas delanteras y en el techo, en el mismo letrero identificatorio del servicio que presta y el número de licencia correspondiente. Tratándose de publicidad o propaganda en las puertas laterales, los carteles tendrán una dimensión no superior a 0,60 metros por 0,30 metros. Para el caso |
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Modifica A |
2986 |
Modificada POR | |
Deroga A | Derogada POR | ||
Anexo: | |||
OBSERVACIONES | |||