ORDENANZA NUMERO : " 5365"
| Número | Fecha Sanción | 2017-10-25 | |
| Decreto | |||
| Tema | |||
| DESCRIPCION | |||
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ARTICULO 1°.- CREACIÓN. CREAR el Consejo Asesor de Seguridad Vial, como órgano permanente en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia. ARTICULO 2°.- OBJETO. El Consejo tiene por objeto proponer legislación y recomendar políticas públicas, coordinadas y concertadas de nivel local para la gestión integral de la seguridad vial. ARTICULO 3°.- ATRIBUCIONES. El Consejo Asesor de Seguridad Vial tiene las siguientes atribuciones: 1) dictar su propio reglamento; 2) asesorar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante en lo atinente a la gestión de la Seguridad Vial dentro del ejido urbano; 3) diseñar anualmente un plan |
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| Modifica A |
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Modificada POR | |
| Deroga A | Derogada POR | 4146 |
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| Anexo: | |||
| OBSERVACIONES | |||