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Fecha Sanción |
2020-03-11 |
| Decreto |
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| DESCRIPCION |
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ARTÃCULO 1°.- ESTABLECER que los proyectos aprobados en el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia deban incorporar la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres, en todo el proceso de elaboración, debate y sanción definitiva.
ARTÃCULO 2°.- PROMOVER en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la incorporación de la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres en las diversas iniciativas de polÃticas públicas que se implementen.
ARTÃCULO 3°.- A los fines de la presente ordenanza, se entiende por equidad entre hombres y mujeres al conjunto de enfoques especÃficos y estratégicos, asà como procesos técnicos e institucionales que se adoptan para alcanzar la equidad entre las personas.
ARTÃCULO 4°.- |
| Modifica A |
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Modificada POR |
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| Deroga A |
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Derogada POR |
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| Anexo: |
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| OBSERVACIONES |
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