Ordenanza Nº 5759
| 5759 | Decreto Municipal: | ||
| Fecha de sanción : 11-03-2020 | Asuntos Vinculados : 22 | ||
| REFERENCIA: | |||
| Tema : SIN TEMA | |||
Descipcion
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER que los proyectos aprobados en el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia deban incorporar la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres, en todo el proceso de elaboración, debate y sanción definitiva.
ARTÍCULO 2°.- PROMOVER en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la incorporación de la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres en las diversas iniciativas de políticas públicas que se implementen.
ARTÍCULO 3°.- A los fines de la presente ordenanza, se entiende por equidad entre hombres y mujeres al conjunto de enfoques específicos y estratégicos, así como procesos técnicos e institucionales que se adoptan para alcanzar la equidad entre las personas.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER la puesta en funcionamiento de un sistema de capacitaciones al personal legislativo, a fin de facilitar la incorporación de una mirada de equidad entre hombres y mujeres en los distintos proyectos e iniciativas que puedan ser tratados.
ARTÍCULO 5°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5759.
SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 11/03/2020.-
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Observaciones: |
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