Ordenanza Nº 6615

6615 Descargar PDF Decreto Municipal: 1011/2026
 
Fecha de sanción : 23-04-2026 Asuntos Vinculados : 331
REFERENCIA:
Tema : Actividades Comerciales
Descipcion

ARTÍCULO 1°.- PROHIBIR la colocación de cualquier elemento ajeno a la señalización vial en las columnas de semáforos y en los postes de cartelería, en el ejido urbano. ARTÍCULO 2°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a ordenar el retiro inmediato del material anexo a través del área correspondiente. ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER que el incumplimiento de la prohibición dispuesta en el artículo 1° de la presente ordenanza es sancionado con multa de 50 UFA a 100 UFA, según la gravedad y reincidencia, la que es aplicada a la persona física o jurídica que hace usufructo indebido de la señal vertical.

Observaciones:

Modifica/deroga

Modifica a:
Modificada por:
Deroga a:
Derogada por:

Despacho

Numero: 6615

Despachado el día:

Con nota Nª: